El secretario General de la ASOEM, Juan R. Medina, presentó hoy un reclamo ante la Defensoría del Pueblo de la provincia de Santa Fe contra la Disposición General N° 023/2025 del IAPOS y en defensa tanto de los salarios como del derecho a la salud de lxs trabajadores municipales y comunales. La nota expresa un enérgico rechazo al desmedido aumento del 150% en concepto de aporte por servicio complementario de la obra social.

Cabe recordar que, la medida fue oficializada por el gobierno provincial y tendrá vigencia a partir de mayo de 2025 para activxs y desde junio de 2025 para pasivxs, afectando directamente a los organismos adheridos, incluyendo municipios y comunas.

ALTERACIÓN DEL PRINCIPIO DE SOLIDARIDAD

Este incremento representa un perjuicio significativo para lxs afiliadxs a la obra social. El aporte base pasa de $10.000 a $25.000 para la persona titular. Lo más alarmante es que, en caso de tener un grupo familiar, este monto de $25.000 deberá ser abonado por cada integrante, lo que amplifica drásticamente el impacto económico.

El rechazo de la ASOEM se fundamenta en que esta medida provincial quebranta la lógica solidaria del sistema de la obra social, produciendo un claro retroceso en los derechos adquiridos por lxs trabajadorxs. El sistema solidario del IAPOS, que históricamente ha garantizado la igualdad en el acceso a la salud para todxs lxs trabajadorxs, y que se encuentra amparado en la Constitución Nacional, se ve ahora modificado en sus principios rectores. No se trata de una simple actualización, sino de una alteración del principio de solidaridad.

ARGUMENTOS CONTUNDENTES DE ASOEM

En la nota presentada ante el defensor del Pueblo, Gabriel Sandro Savino, el titular de la ASOEM expone los siguientes argumentos:

 * Impacto económico desproporcionado: El aumento del 150% es desproporcionado respecto a la inflación medida por el INDEC, que en los primeros cuatro meses de 2025 (enero a abril) fue del 11.1%. Pretender justificar un aumento del 150% en un sólo mes, carece de sentido.

 * Afectación al grupo familiar: La decisión de cobrar $25.000 por cada integrante del grupo familiar rompe con la lógica solidaria y perjudica la concepción del grupo familiar como una unidad, haciendo más onerosa la cobertura médica en detrimento directo del salario de lxs trabajadorxs.

 * Vulneración de derechos adquiridos: La disposición es lesiva a los derechos adquiridos por lxs afiliadxs, desvirtuando el principio de igualdad en el acceso a la salud que debe garantizar la obra social.

ASOEM, en representación de los intereses colectivos de lxs empleadxs municipales y comunales de la Municipalidad de Santa Fe, Recreo, Monte Vera, San José del Rincón, así como también, de las Comunas de Arroyo Leyes, Candioti y Arroyo Aguiar, exige una marcha atrás inmediata en esta definición política. Por esta razón, se solicitó la intervención de la Defensoría del Pueblo como órgano de contralor que iniciará la acción que jurídicamente corresponda contra esta disposición arbitraria.