El HCM aprobó dos ordenanzas promovidas por la concejala Vanesa Oddi, una es la que regula las licencias parentales en empleados y empleadas municipales; la otra es la que otorga franquicias por alimentación.

ASOEM acompaña los dos Proyectos de Ordenanzas presentados por Vanesa Oddi que permitirán la regulación de licencias parentales y el beneficio de franquicia por alimentación a agentes municipales en los supuestos de comaternidad y copaternidad. Ambas propuestas fueron llevadas al Recinto por Vanesa Oddi y contó con el aval del resto de sus pares.

Licencias por comaternidad y copaternidad en parejas del mismo sexo
Cuando los dos miembros de la pareja sean agentes municipales y acrediten que se les ha otorgado sentencia de guarda con fines de adopción o sentencia de adopción de un niño, niña o adolescente; uno de los trabajadores o trabajadoras tendrá derecho a hacer uso de una licencia por un plazo de 105 días corridos.
En tanto, en caso de que sea de más de un niño, niña o adolescente; la licencia se otorgará por el término de 135 días corridos. En este sentido, el otro trabajador o trabajadora tendrá derecho a hacer uso de una licencia por copaternidad o comaternidad, durante los primeros días de la crianza.

Por otra parte, y en caso que sólo uno de los integrantes de la pareja se desempeñe en el ámbito municipal, para hacer uso de la licencia deberá acreditar que su pareja no hace uso de una licencia equivalente en su lugar de trabajo.

Franquicias por alimentación
Se determinó extender un nuevo beneficio al empleado municipal por comaternidad y copaternidad. De este modo, también tendrá derecho a una pausa en la jornada laboral que tiene el o la agente municipal para disponer de una hora diaria para alimentar a su hijo o hija, cuando se reincorpore a prestar servicios luego de finalizado el período de licencia correspondiente y hasta el año de vida del niño o niña. Este derecho abarca a los supuestos de lactancia natural, como artificial.
El argumento que sustenta el proyecto es que ha sido trabajada “a los fines de construir una norma inclusiva que garantice el derecho de la universalidad de los niños y las niñas a compartir su primer tiempo de vida con el núcleo familiar más cercano”.